Términos y condiciones

INTRESCO S.A.S, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo y personal dispuesto por el CONTRATANTE, prestará los servicios de ingeniería aplicada al acompañamiento e implementación de un software ERP llamado Odoo en versión 12 Community Edition con licencia gratuita bajo LGPL versión 3 (also known as LGPLv3) alojado en la nube con módulos enfocados en los procesos de:


  •     Ventas

  •     Compras

  •     Inventario

  •     Facturación electrónica

  •     Contabilidad 

  •     MRP

  •     Proyectos

  •     CRM

  •     Nomina


    El servicio incluye:

 

  • Soporte técnico ante problemas físicos y virtuales donde la continuidad del funcionamiento del software ERP se vea afectada.; Hasta tres (3) horas cada mes de soporte físico y/o virtual.

  • 24/7 accesibilidad; alojamiento en la nube

  • Actualizaciones del software.

  • Copia de seguridad automática que se ejecuta semanalmente.

  • Capacitación: cuatro (4) horas de capacitación inicial de establecimiento de procesos y parametrización del sistema con hasta tres (3) personas.

  • Los horarios de soporte, mantenimiento y capacitación son: 

    Soporte físico: Lunes a viernes 7am a 5 pm, Sábados de 8 am a 12 pm. 
    Soporte virtual: Lunes a sábado las 24 horas.

  • Una vez instalado y/o actualizado el programa, el contratante puede contar con claves de acceso y de parametrización del software.

  • El valor aumenta de manera anual de acuerdo al IPC (índice de precios al consumidor)

Duración:

Los Servicios se pactarán inicialmente por seis (6) meses, pasado este tiempo, EL CONTRATANTE podrá suspender los servicios del CONTRATISTA cuando éste lo crea conveniente sin ningún tipo de multa.

Llegado a finalizar el contrato se hará entrega de una copia de seguridad del último día de servicio con toda la información.

El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA mes vencido por concepto de implementación, asesoría, acompañamiento y derecho de uso de software en la nube de acuerdo a lo estipulado 


Si finalizado el objeto del servicio contratado, el CONTRATANTE necesita un nuevo servicio del CONTRATISTA, se deberá hacer un nuevo Contrato de Prestación de Servicios y no se entenderá como prorroga por desaparecer las causas contractuales que dieron origen al presente contrato.


Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA:

 

1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado.

2. Prestar soporte y mitigar la falla de los equipos físicos.

3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE o sus delegados, con la mayor prontitud.

4. Pagar cumplidamente los aportes a la seguridad social, en concordancia con la legislación vigente.

5. Las demás que pacten de mutuo acuerdo entre las partes sin que exista subordinación.

6. Entregar una copia de seguridad por lo menos una vez al mes.

7. Seguridad de la información y continuidad del servicio

8. Tiempo de entrega del software funcional (parametrización inicial)

Entrega pasados 5 días hábiles desde la firma del contrato para los módulos de ventas, compras,  inventario, contabilidad básica y web site. 

Entrega pasados 10 días hábiles desde la firma del contrato para los módulos de CRM y gestión de proyectos. 

Entrega pasados 20 días hábiles desde la firma del contrato para  el módulo de  producción (MRP)

Entrega del módulo de facturación electrónica a convenir con el cliente.


EL CONTRATISTA garantizará el acceso al software y funcionamiento de la implementación de acuerdo al objeto del presente contrato por un periodo de un (1) mes, una vez concluido el término pactado. Además de la entrega de la información descrita en ítems anteriores.

 

Son obligaciones del CONTRATANTE:

1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pactó dentro del término debido.

2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente.

Terminación anticipada.
Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes o por ser un software ilegal ante la DIAN, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios.

Cláusula compromisoria.
Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. El tribunal de Arbitramento se sujetará a lo dispuesto en el Decreto 1818 de 1998 o estatuto orgánico de los sistemas alternativos de solución de conflictos y demás normas concordantes.

 

En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes.